El private de la Superintendencia de la Información y Comunicación, previa evaluación, pasará a formar parte del Consejo de Regulación, Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación o de otra institución pública que así lo requiera. Estas instituciones, en coordinación con la máxima autoridad de la entidad suprimida y el ente rector del trabajo realizará la evaluación del private en un plazo que no supere los 60 días a partir de la publicación en el Registro Oficial. Las compañías ecuatorianas se encontrarán en causal de disolución de pleno derecho y seguirán el procedimiento establecido en el artículo 367 y siguientes de la Ley de compañías. Las concesiones entregadas a organizaciones religiosas y que constan como públicas o privadas, podrán transformarse en concesiones comunitarias, sin fines de lucro. Dicha prórroga no podrá ser mayor a un año contado desde la publicación de esta Ley en el Registro Oficial. Las personas que consten como concesionarios de frecuencias del servicio de radiodifusión sonora y de televisión abierta, en el plazo de treinta días a partir de la publicación de esta Ley en el Registro Oficial, deberén presentar a la Autoridad de Telecomunicaciones una declaración juramentada en la que conste que la persona natural o jurídica concesionaria es quien utiliza la concesión y/u opera la estación autorizada por lo menos en los dos últimos años.
La cuota de pantalla para la producción nacional independiente se cumplirá con obras de productores acreditados por la autoridad encargada del fomento del cine y de la producción audiovisual nacional. La creatividad publicitaria será reconocida y protegida con los derechos de autor y las demás normas previstas en el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos. A través de los mecanismos de contratación preferente a favor de la economía solidaria, previstos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades estatales en sus diversos niveles contratarán a los medios comunitarios para brindar servicios de producción, publicidad, diseño, capacitación y otros.
Ley Orgánica De Comunicación
Toda forma de comunicación realizada en el marco de una actividad comercial, industrial, artesanal o liberal con el fin de promover el suministro de bienes o la prestación de servicios, incluidos los bienes inmuebles, sus derechos y obligaciones. La autorregulación comunicacional, es un equilibrio entre responsabilidad y libertad informativa, que se materializa a través de la construcción de códigos de regulación voluntaria de la operación complete o parcial de los medios, a través de la libre iniciativa basados en la defensa de la libertad de expresión y el derecho a la comunicación.” Los medios de comunicación que no cumplan con la obligación de registro no podrán pautar publicidad de ninguna entidad del Estado. A través de los mecanismos de contratación preferente a favor de la economía solidaria, previstos en la Ley de Contratación pública, las entidades estatales en sus diversos niveles contratarán en los medios comunitarios servicios de publicidad, diseño y otros, que impliquen la difusión de contenidos educativos y culturales. Las entidades públicas podrán generar fondos concursables para la difusión cultural y educativa a través de los medios comunitarios. Los sistemas de audio y video por suscripción suspenderán su programación para enlazarse gratuitamente en cadena nacional o native, para transmitir los mensajes que dispongan la o el Presidente de la República o las autoridades designadas para tal fin o en los casos de estado de excepción previstos en la Constitución.
Esta disposición no excluye las acciones penales o civiles a las que haya lugar por las infracciones a otras leyes que se cometan a través del web. En ejercicio de las facultades dispuestas en el numeral 6 del artículo a hundred and twenty; y, numeral 2 del artículo 133 de la Constitución de la República, expide la siguiente. Esta problemática sin duda afecta gravemente a la sociedad, impidiendo la adecuada participación de las mujeres en la sociedad. Somos muchos a nivel nacional, que se soliciten las estadísticas que debe tener el Consejo de Educación Superior sobre el tema.Los Representantes del Ejecutivo ante el CES SON PROFESIONALES.
Ministerio De Gobierno
Diversas investigaciones han demostrado la importancia de la correlación entre los cuidados de salud, nutrición y educación de manera oportuna y pertinente en la primera infancia, así como el impacto que ésta tiene en el desarrollo de las capacidades cognitivas, psicológicas, emocionales y sociales de las niñas y los niños. El Censo de Población y Vivienda 2010 es un recuento de la población y las viviendas para generar información estadística confiable, veraz y oportuna acerca de la magnitud, estructura, crecimiento, distribución de la población y de sus características económicas, sociales y demográficas, que sirva de base para la elaboración de planes generales de desarrollo y la formulación de programas y proyectos a cargo de organismos de los sectores público y privado. Quienes están trabajando en medios de comunicación social o entidades públicas tienen plazo de 6 años para cumplir las obligaciones establecidas en el segundo párrafo del Art. 42 de esta Ley. Los medios de comunicación y las entidades públicas otorgarán las facilidades de horario y de cualquier otra índole que se requieran para tal efecto. La autoridad nacional, en materia de cultura e industrias culturales, en coordinación con la autoridad nacional de comunicación y la encargada del desarrollo industrial, realizarán programas y proyectos anuales para fomentar la producción musical, que incluyan todo el ciclo productivo; a fin de que las obras musicales de producción nacional puedan ser generadas, registradas y difundidas a través de las estaciones de radiodifusión y otros medios.
Determinar el volumen y características de las unidades de vivienda en que habita la población ecuatoriana, con miras a evaluar las condiciones de vida y los requerimientos específicos de vivienda y servicios inherentes.
Para efectos de ésta ley, se consideran medios de comunicación social a las organizaciones públicas, privadas y comunitarias, así como a los concesionarios de frecuencias de radio y televisión, que ejercen la difusión masiva de contenidos comunicacionales, a través de medios impresos, radio, televisión y audio o video por suscripción, cuyos contenidos pueden ser generados o replicados por el medio de comunicación a través de web. El MCDS tiene como misión proponer políticas interministeriales de desarrollo social mediante la coordinación, articulación y monitoreo permanente de la política, planes y programas sociales ejecutados por los ministerios e instituciones que forman parte del Consejo Sectorial de Políticas de Desarrollo Social; generación de procesos de información, investigación, asistencia técnica y evaluación. Todo esto en el marco de defensa y protección de derechos fundamentales con enfoque intersectorial.
La estructura, composición y atribuciones de los órganos de dirección, de administración, de management social y participación de los medios públicos se establecerán en el instrumento jurídico de su creación. Sin embargo, la estructura de los medios públicos siempre contará con un consejo editorial y un consejo ciudadano, salvo el caso de los medios públicos de carácter oficial. Los medios públicos de comunicación social son personas jurídicas de derecho público. Producir permanentemente información sobre los avances y dificultades en la aplicabilidad de los derechos de la comunicación, desempeño de los medios de comunicación, y el aprovechamiento de las tecnologías de la comunicación e información, teniendo como parámetros de referencia principalmente los contenidos en instrumentos internacionales de derechos humanos, en la Constitución y la presente Ley.
Estos medios se definen por su programación pluralista, inclusiva, intercultural, académica, educativa y formativa, con enfoque de género, defensora de los Derechos Humanos y de la Naturaleza, orientada hacia la transformación social, el sistema de vida comunitario y el Buen Vivir. Los funcionarios estatales serán responsables administrativa, civil y penalmente por las afectaciones a los derechos de la comunicación que no se hallen expresamente autorizadas en virtud del estado de excepción. En la transmisión de las señales de televisión abierta por parte de los sistemas de audio y video por suscripción, se respetará la programación authentic y no se podrá alterar ni incluir publicidad que no cuente con la autorización del propietario de la programación. Transmisión de señal abierta por los sistemas de audio y video por suscripción. Respetar la propiedad intelectual, especialmente los derechos morales y patrimoniales de autor y derechos conexos, previstos en la normativa nacional e internacional. Para la determinación de posible contenido discriminatorio, violento o sexualmente explícito, las personas, u organizaciones de la sociedad civil podrán solicitar al Consejo de Regulación, Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación la emisión del Informe Técnico de Contenido.
Ministerio De Inclusión Económica Y Social
Una vez cumplido lo anterior, el fideicomiso transferirá la titularidad de las acciones o participaciones a los accionistas estatales mayoritarios y entregará a los antiguos accionistas privados minoritarios los fondos recibidos por su justo precio. El registro de los medios de comunicación social ante el Consejo de Regulación, Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación deberá cumplirse en un plazo no mayor a ciento ochenta días a partir de su conformación. Los medios de comunicación social adecuarán todas sus actividades de acuerdo con lo previsto en la Constitución y esta Ley en un plazo de a hundred and eighty días contados desde su publicación en el Registro Oficial. La autoridad de telecomunicaciones reservará del tercio de frecuencias asignadas a los medios públicos el número necesario de frecuencias para que operen las repetidoras de los medios públicos de alcance nacional. En ningún caso, la administración del espectro radioeléctrico implica realizar actividades de management sobre los contenidos de los medios de comunicación. Los Municipios emitirá el reglamento para el acceso a los espectéculos públicos que afecten el interés superior de niñas, niños y adolescentes, de conformidad con el artículo 13 numeral four de la Convención Americana de Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del niño.